Una licencia que no sale, una queja por ruido que nadie atiende, una visita sanitaria que no se hizo, un subsidio que no llega, un trámite que «está en revisión» desde hace meses. En el nivel municipal y departamental la inacción tiene nombre y apellido: la dependencia que recibió tu solicitud y no la resolvió.
La alcaldía está obligada a responderte
La alcaldía, la gobernación y todas sus secretarías son autoridades. Les aplican sin excepción la Constitución y la Ley 1755 de 2015. Da igual que tu municipio sea pequeño o grande: el plazo es el mismo.
«toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción»
Y si quien no responde es un servidor público, la ley califica esa omisión como falta disciplinaria. No es un detalle: es la razón por la que una petición bien radicada suele moverse más rápido que diez llamadas.
«La falta de atención a las peticiones y a los términos para resolver»
Qué puedes pedir, secretaría por secretaría
| Dependencia | Ejemplos de lo que puedes pedir |
|---|---|
| Despacho del alcalde o secretaría de gobierno | Estado de una queja de convivencia, actuaciones de inspección de policía, copias de actas, respuesta a solicitudes comunitarias |
| Secretaría de salud | Estado de una queja que presentaste, resultado de una visita o inspección, copias de actas, información sobre medidas que te afectan |
| Secretaría o dependencia de trabajo y desarrollo económico | Información sobre programas de empleo o emprendimiento, estado de tu postulación, criterios de selección |
| Secretaría de planeación | Estado de una licencia o concepto de uso del suelo, copias de actos, información sobre obras en tu sector |
| Secretaría de hacienda | Explicación de un cobro de predial o industria y comercio, estado de una solicitud de corrección o devolución |
| Secretaría de movilidad o tránsito | Estado de un trámite, copias de un comparendo o de su notificación |
| Secretaría de educación | Asignación de cupos, estado de una solicitud de traslado, certificaciones |
No necesitas saber de memoria qué secretaría es la competente. Si diriges la petición a una dependencia que no lo es, la ley le exige informarte y remitirla a la que sí lo es, dentro de los cinco días siguientes a la recepción si la petición fue escrita, enviándote copia del oficio de remisión.
«Dentro del término señalado remitirá la petición al competente y enviará copia del oficio remisorio al peticionario»
Esto aplica, por ejemplo, cuando tu asunto es laboral y la alcaldía no es la autoridad competente: tu petición no se puede quedar en un escritorio; debe llegar a quien corresponde y tú debes saber a dónde fue.
Cuéntanos qué pediste y a qué secretaría. Si está vencida, exigimos hoy. Ruta EPS o entidad completa: $189.000.
Plazos para la alcaldía y sus secretarías
| Qué pides | Plazo (días hábiles) | Si no responden |
|---|---|---|
| Información o copias de documentos | 10 | La solicitud se entiende aceptada y las copias deben entregarse en 3 días |
| Que hagan o resuelvan algo | 15 | Tutela, reiteración y queja disciplinaria |
| Consulta sobre cómo aplican una norma | 30 | Tutela, reiteración y queja disciplinaria |
| Cualquier petición sin decisión | 3 meses | Silencio administrativo negativo (CPACA, art. 83) |
Ojo con los sábados y con diciembre: muchas alcaldías declaran inhábiles los sábados y algunos días de fin de año. Si la entidad expidió esa norma, esos días no cuentan. Nuestra calculadora te deja calcular con y sin sábados.
Cómo lo hacemos
- 01Identificamos la dependencia
Un abogado colaborador estudia tu caso y dirige la petición a la secretaría que decide, para evitar remisiones.
- 02Redactamos
Hechos numerados, peticiones concretas, fundamentos y anexos: fotos, radicados anteriores, recibos, actas.
- 03Firmas en línea y radicamos
La lees y la firmas en la aplicación. La radicamos en la ventanilla virtual o el canal oficial del municipio y guardamos el número de radicado.
- 04Exigimos hasta el final
Plazo con festivos. Si vence: reiteración, queja ante Procuraduría o Personería y tutela. Si no cumplen el fallo, desacato.
Todo va en un solo pago: Ruta EPS o entidad completa, $189.000. Petición, tutela, desacato y queja incluidos. Sin cobros escondidos. No incluye asistencia a audiencias ni consultas ilimitadas; si tu caso lo necesita, te lo cotizamos aparte.
Si la alcaldía no responde en plazo
- 01Confirma el vencimiento
Cuenta los días hábiles desde la recepción con la constancia de radicación en la mano. Si hubo aviso de ampliación antes de vencer, el plazo puede llegar al doble.
- 02Reitera por escrito
Cita la fecha y el número de radicado de tu petición y recuerda que el plazo legal venció. Deja un segundo registro de que la entidad sabía.
- 03Presenta queja disciplinaria
Contra el servidor responsable, ante quien ejerza el control disciplinario sobre él. Sanciona la omisión, aunque no te entrega la respuesta.
- 04Ve a tutela
Es la vía que obliga a responder. El juez decide en máximo diez días y, si concede, la alcaldía tiene como mucho 48 horas para cumplir.
En 2025, de las 432.658 tutelas por derecho de petición del país, 177.531 fueron concedidas y en 138.738 se declaró hecho superado. En la gran mayoría, la entidad terminó contestando. Si pasan tres meses sin decisión, además, opera el silencio administrativo negativo, que te permite demandar con abogado ante la jurisdicción contencioso administrativa.
Cuando la alcaldía no actúa y eso te causa un daño
Hay omisiones municipales que cuestan dinero: una obra que dañó tu casa, un permiso negado sin razón que te hizo perder un negocio, una inspección que no se hizo. La Constitución establece que el Estado responde patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, y el CPACA prevé la reparación directa por la acción u omisión de sus agentes.
«la persona interesada podrá demandar directamente la reparación del daño antijurídico producido por la acción u omisión de los agentes del Estado»
La reparación directa exige abogado y tiene un plazo de caducidad de dos años. El derecho de petición previo deja por escrito que la entidad conocía el problema. Si tu caso va por ahí, un abogado colaborador actúa como tu apoderado en la Demanda al Estado por daños: $0 por adelantado y 25 % de lo que recibas, solo si ganas.
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Una petición bien hecha y bien radicada es la base de todo lo que viene después. Ruta EPS o entidad completa: $189.000.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene la alcaldía para responder un derecho de petición?
Quince días hábiles para peticiones generales, diez para documentos o información y treinta para consultas, contados desde la recepción, según el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015.
¿Puedo presentar un derecho de petición a la secretaría de salud?
Sí. La secretaría de salud es una autoridad y debe responder dentro de los mismos plazos. Puedes pedir el estado de una queja, copias de actas de visita o información sobre decisiones que te afectan.
¿Qué pasa si envío la petición a la secretaría equivocada?
La dependencia que no es competente debe informarte y remitir la petición a la competente, con copia del oficio de remisión, según el artículo 21 de la Ley 1755 de 2015.
¿Puedo poner una queja contra el funcionario que no responde?
Sí. La falta de atención a las peticiones y a los términos para resolver constituye falta para el servidor público (Ley 1755, art. 31). La queja sanciona al funcionario, pero no te entrega la respuesta; para eso está la tutela.
¿Se cuentan los sábados en la alcaldía?
Según Función Pública, el sábado es hábil salvo que la entidad tenga una norma que lo declare inhábil. Muchas alcaldías lo han declarado inhábil; verifica el horario oficial de tu municipio.
Fuentes oficiales
- Ley 1755 de 2015, art. 14 (Función Pública, Gestor Normativo)
- Ley 1755 de 2015, texto completo (Normativa Colpensiones)
- Consejo Superior de la Judicatura: tutelas 2020-2025 (comunicado del 5 de marzo de 2026)
- Decreto 2591 de 1991 (Secretaría del Senado)
- Ley 1437 de 2011 (CPACA), art. 83 (Secretaría del Senado)
- Ley 1437 de 2011 (CPACA), arts. 140 y 160 (Secretaría del Senado)
- Ley 1437 de 2011 (CPACA), art. 164 (Normativa Colpensiones)
- Constitución Política de 1991, arts. 86 y 90 (Secretaría del Senado)
- Concepto DAFP 182601 de 2024 sobre sábados hábiles (Función Pública)
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