¿Es legal que la EPS no me dé cita con el especialista?
No cuando la demora se vuelve indefinida. La oportunidad es uno de los elementos esenciales del derecho fundamental a la salud. La Ley 1751 de 2015 lo dice sin rodeos: los servicios deben proveerse sin dilaciones. Una remisión a especialista ordenada por tu médico es un servicio de salud, y la EPS tiene que garantizarlo.
«La prestación de los servicios y tecnologías de salud deben proveerse sin dilaciones;»
«El derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo.»
¿Qué hago si la EPS no me da la cita?
- 01Deja rastro de cada intento
Fecha, hora, canal (línea, app, presencial) y lo que te dijeron. Pide número de solicitud. Sin rastro, la EPS dirá que nunca la pediste.
- 02Derecho de petición a la EPS
Pedimos la asignación de la cita con fecha, especialidad y sede. La EPS es una organización privada obligada a responder (Ley 1755, art. 32); regla general, 15 días hábiles.
- 03Queja ante la Supersalud
Por el canal PQRD oficial, con el radicado de la petición y tus intentos documentados.
- 04Tutela
Si la EPS no responde, responde sin dar la cita o la demora afecta tu salud, presentamos la tutela. El juez falla en máximo diez días (Constitución, art. 86).
- 05Desacato
Si hay orden del juez y la cita no aparece, incidente de desacato.
Lo exigimos por escrito, ante Supersalud y ante el juez de tutela. $189.000, un solo pago.
¿Cuánto tiempo tiene la EPS para darme una cita con especialista?
La regla que siempre aplica es la de la Ley Estatutaria: sin dilaciones y de forma continua. Si tu tratamiento ya empezó, la continuidad también te protege: el especialista que te viene tratando no puede desaparecer de tu agenda por razones administrativas. Cuando la demora pone en riesgo tu salud, no hace falta esperar a que venza ningún plazo para ir a tutela: el riesgo es la razón.
«Las personas tienen derecho a recibir los servicios de salud de manera continua.»
No esperes la cita mientras empeoras. Con el concepto del médico general que explique el riesgo, pedimos medida provisional en la tutela desde el primer día (Decreto 2591 de 1991, art. 7).
¿Qué pruebas necesito?
- La orden o remisión al especialista, con fecha.
- El registro de tus intentos de agendar (capturas, números de solicitud, correos).
- Cualquier respuesta de la EPS («no hay agenda», «llame después»).
- La historia clínica o un resumen que muestre por qué necesitas al especialista.
- Tu documento y el certificado de afiliación.
¿Y si la cita es para una cirugía o un examen?
Si lo que falta no es la consulta sino la autorización de la cirugía o del examen que el especialista ya ordenó, la ruta está en /demandar-eps/cirugia-y-procedimientos/. Y si tienes la fórmula pero no te entregan el medicamento, en /demandar-eps/medicamentos/.
Lo que hace nuestro equipo
| Ruta EPS o entidad completa: $189.000 | Qué incluye |
|---|---|
| Estudio del caso | Un abogado colaborador revisa la orden médica, la negación y las fechas, y define la vía. |
| Derecho de petición | Preparado en tu nombre por un abogado colaborador y radicado ante la EPS con constancia de fecha. |
| Control del plazo | Vigilamos el vencimiento y la respuesta. Si contestan sin resolver, lo detectamos. |
| Tutela | Incluida si no responden o lo niegan, con medida provisional cuando la urgencia está probada. |
| Incidente de desacato | Incluido si la EPS no cumple el fallo. |
| Queja ante Supersalud | Incluida cuando sirve para presionar a la EPS y dejar registro ante su vigilante. |
| Lo que no incluye | Asistencia a audiencias ni consultas ilimitadas; si tu caso lo necesita, te lo cotizamos aparte. |
Exigimos y no paramos hasta que cumplan: petición, tutela y desacato incluidos.
← Demandar a la EPS: cómo reclamar cuando no te entrega, no autoriza o no agenda
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si la EPS no me da cita con el especialista?
Documenta cada intento, radica un derecho de petición, pon la queja en la Supersalud y, si no cumplen, presenta tutela. Un abogado colaborador lo prepara y nosotros lo radicamos y hacemos el seguimiento: $189.000.
¿Cuánto tiempo puede demorar la EPS una cita con especialista?
La Ley 1751 de 2015 exige que los servicios se presten sin dilaciones (art. 6). Si la demora pone en riesgo tu salud, la tutela procede sin esperar más.
¿Puedo poner tutela porque no me dan la cita?
Sí, cuando la demora afecta tu derecho a la salud. El juez falla en máximo diez días (Constitución, art. 86).
¿La EPS tiene que responder mi derecho de petición?
Sí. La Ley 1755 de 2015 (art. 32) permite el derecho de petición ante organizaciones privadas; regla general, 15 días hábiles.
¿Dónde me quejo porque no hay agenda?
En el canal PQRD de la Supersalud. Te explicamos cómo en /queja-supersalud/.
Fuentes oficiales
- Ley 1751 de 2015, arts. 2 y 6 (Secretaría del Senado)
- Ley 1755 de 2015, arts. 14 y 32 (Normativa Colpensiones)
- Constitución Política, art. 86 (Secretaría del Senado)
- Decreto 2591 de 1991, art. 7 (Secretaría del Senado)
- Supersalud: canal PQRD
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