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Bogotá

Demandar al Estado en Bogotá: Distrito, IDU, TransMilenio y hospitales

Si una entidad pública te causó un daño en Bogotá, puedes cobrárselo con una demanda de reparación directa. Primero se concilia ante la Procuraduría y, si no pagan, se demanda ante los Juzgados Administrativos de Bogotá. Tienes 2 años. Nosotros llevamos todo con $0 por adelantado.

Que lo hagan por mí

Actualizado el 18 de octubre de 2026

¿Se puede demandar a la Alcaldía de Bogotá por un daño?

Sí. La Constitución obliga al Estado a pagar los daños que causan sus autoridades, por acción o por omisión. En Bogotá eso incluye al Distrito y a sus entidades, pero también a la Nación cuando el daño viene de la Policía, el Ejército o una entidad nacional con sede en la ciudad.

«El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables»

La pregunta clave no es si el Estado es demandable, sino quién tenía a cargo lo que falló. Una vía, un andén, una estación, una cirugía en un hospital público. Identificar bien a la entidad responsable es lo primero que hacemos, porque demandar a la equivocada te hace perder tiempo y plazo.

Demanda por hueco o accidente en Bogotá: ¿a quién le cobras?

En Bogotá el mantenimiento vial se reparte. El Distrito informa que el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) interviene la malla vial arterial, mientras que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y los Fondos de Desarrollo Local también invierten en vías. Por eso, antes de demandar, pedimos por escrito qué entidad tenía a cargo el tramo exacto donde caíste.

  • Moto o bicicleta que cae en un hueco sin señalizar.
  • Peatón que se lesiona por un andén roto o una tapa de alcantarilla abierta.
  • Vehículo dañado por una obra pública sin cerramiento ni aviso.
  • Lesiones dentro de un bus o una estación del sistema de transporte masivo de TransMilenio S.A., sociedad pública distrital.

Guarda fotos del sitio, la historia clínica, el informe de tránsito si lo hubo, y los nombres de quienes vieron el accidente. Si ya pasó tiempo, igual sirve: hay registros públicos que podemos pedir con derecho de petición.

Negligencia médica en un hospital público de Bogotá

La red pública distrital se organiza en cuatro Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.: Norte, Sur, Sur Occidente y Centro Oriente, creadas por el Acuerdo 641 de 2016. Si el daño ocurrió en una de sus unidades, la demandada es la subred correspondiente, que es una Empresa Social del Estado.

Casos típicos: diagnóstico tardío en urgencias, una infección adquirida en el hospital, un parto mal atendido, una cirugía con secuelas evitables. No basta con que el resultado sea malo; hay que demostrar que la atención falló. Para eso pedimos la historia clínica completa y la revisamos con criterio médico-legal.

¿Te pasó en Bogotá?

Cuéntanos qué ocurrió. Estudiamos pruebas y plazo sin costo.

Revisar mi caso

¿Dónde se concilia y ante qué juzgado se demanda en Bogotá?

  1. 01
    Conciliación ante la Procuraduría

    Es obligatoria antes de demandar cuando el asunto es conciliable. En Bogotá la adelantan las Procuradurías Judiciales para Asuntos Administrativos con sede en la ciudad. Exige abogado con facultad para conciliar.

  2. 02
    Demanda ante los Juzgados Administrativos

    Si la entidad no concilia, la demanda de reparación directa va, según la cuantía, a los Juzgados Administrativos de la Sección Tercera de Bogotá, como el Juzgado 060 Administrativo de la Sección Tercera.

  3. 03
    Tribunal Administrativo de Cundinamarca

    Su Sección Tercera conoce de contratos y responsabilidad del Estado: resuelve las apelaciones y los casos de mayor cuantía.

«Cuando los asuntos sean conciliables, el trámite de la conciliación extrajudicial constituirá requisito de procedibilidad»

La conciliación suspende el plazo de caducidad mientras se tramita, hasta un máximo de tres meses. No la uses como excusa para esperar: si radicas tarde, la suspensión no te salva.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar al Estado en Bogotá?

«la demanda deberá presentarse dentro del término de dos (2) años, contados a partir del día siguiente al de la ocurrencia»

Dos años es menos de lo que parece. Entre reunir la historia clínica, pedir información a la entidad y radicar la conciliación se van fácilmente tres o cuatro meses. Si tu daño fue hace más de un año, escríbenos esta semana.

¿Cuánto cuesta demandar al Distrito con nosotros?

EtapaQué hacemosQué pagas
EstudioRevisamos pruebas, entidad responsable y plazo$0
ConciliaciónSolicitud ante la Procuraduría y audiencia$0 por adelantado
DemandaReparación directa ante el juez administrativo de Bogotá hasta sentencia$0 por adelantado
HonorariosSolo si recibes dinero25 % de lo que recibas

Todo se firma en línea y ves cada actuación en tu expediente. Si quieres hablar con una persona, usa el chat «Asistente Justicia» de esta página.

Entidades y despachos en Bogotá

EntidadNombre oficialCanal
TribunalTribunal Administrativo de CundinamarcaSitio oficial
JuzgadosJuzgados Administrativos de la Sección Tercera de BogotáSitio oficial
VíasInstituto de Desarrollo Urbano (IDU)Sitio oficial
TransporteTransMilenio S.A.Sitio oficial
Red pública de saludSubredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.Sitio oficial

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Abogados en otras ciudades de Colombia: demandas, tutelas y denuncias

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar al IDU por un hueco en Bogotá?

Si el tramo estaba a cargo del IDU y el hueco causó tu daño, sí. Si estaba a cargo de otra entidad distrital, la demandamos a ella. Lo confirmamos antes de radicar.

¿Se puede demandar a TransMilenio por un accidente en una estación?

TransMilenio S.A. es una sociedad pública distrital. Si el daño se debe a una falla del servicio o de la infraestructura, revisamos la reclamación contra quien corresponda.

¿Cuál subred demando si me atendieron mal en un hospital del sur?

Depende de la unidad donde te atendieron. Con la historia clínica identificamos si es la Subred Sur, Sur Occidente, Centro Oriente o Norte.

¿Dónde queda la Procuraduría para conciliar en Bogotá?

No necesitas ir: radicamos la solicitud por el canal de la Procuraduría y el abogado colaborador que actúa como tu apoderado asiste a la audiencia.

¿Qué pasa si ya pasaron dos años?

En principio la acción caducó. Solo si conociste el daño después hay margen; lo revisamos contigo.

¿Cuánto me cobran si pierdo?

Nada. Cobramos el 25 % únicamente de lo que recibas si ganas o concilias.

Fuentes oficiales

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