¿Qué daños se pueden reclamar a la Alcaldía de Bucaramanga?
La Constitución obliga al Estado a responder por los daños antijurídicos que le sean imputables (art. 90). Traducido: si una autoridad hizo algo mal, o dejó de hacer lo que le tocaba, y eso te causó un perjuicio que no tenías por qué soportar, te debe reparar.
- Caída en moto o carro por un hueco sin señalizar en una vía a cargo del municipio. La dependencia responsable de la malla vial es la Secretaría de Infraestructura y Alumbrado Público.
- Accidente por una obra pública abierta sin cerramiento ni avisos, o por un poste o luminaria en mal estado.
- Daño a tu vivienda por una obra contratada por la Alcaldía o cobrada por la Oficina de Valorización.
- Atención médica deficiente en el Hospital Local del Norte, en la Unidad Materno Infantil Santa Teresita o en un centro de salud del ISABU.
- Atención deficiente en la E.S.E. Hospital Universitario de Santander, entidad descentralizada del departamento.
- Privación injusta de la libertad o abuso de la fuerza pública ocurridos en la ciudad.
No todo daño da para demandar. Hay que probar el hecho, el perjuicio y que la causa está en la entidad. Para eso sirven las fotos del sitio el mismo día, la historia clínica, los recibos, los testigos y el informe de tránsito si lo hubo.
Un abogado colaborador te dice si hay demanda, contra quién y cuánto plazo te queda.
¿Dónde se concilia antes de demandar en Bucaramanga?
La Ley 2220 de 2022 (art. 92) convierte la conciliación extrajudicial en requisito previo de la demanda de reparación directa cuando el asunto es conciliable. Sin ella, el juez rechaza la demanda de plano. Esa conciliación se hace ante los agentes del Ministerio Público: las procuradurías judiciales para asuntos administrativos.
En Bucaramanga funcionan procuradurías judiciales para asuntos administrativos; la propia Alcaldía publica actas de conciliación celebradas en la ciudad ante la Procuraduría 160 Judicial II para Asuntos Administrativos. La solicitud la presenta el abogado colaborador que actúa como tu apoderado, porque la ley exige abogado con facultad expresa para conciliar.
Un detalle que juega a tu favor: mientras la conciliación está en trámite, el plazo de caducidad se suspende hasta por tres meses. Y si en ese tiempo no hacen la audiencia, puedes ir directo al juez.
¿Ante qué juzgado se demanda al Estado en Bucaramanga?
La demanda de reparación directa se presenta ante los juzgados administrativos orales del circuito judicial de Bucaramanga, que son varios (en la Rama Judicial figura, por ejemplo, el Juzgado Once Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga). Las apelaciones las resuelve el Tribunal Administrativo de Santander.
«Cuando se pretenda la reparación directa, la demanda deberá presentarse dentro del término de dos (2) años,»
Si el accidente o la mala atención fue hace más de año y medio, no esperes. Entre reunir pruebas, conciliar y radicar, el tiempo se va rápido.
¿Cómo funciona el paquete de $0 en Bucaramanga?
| Etapa | Quién la hace | Cuánto pagas |
|---|---|---|
| Estudio del caso y del plazo | Abogado colaborador | $0 |
| Cálculo de perjuicios | Abogado colaborador | $0 |
| Conciliación en la Procuraduría (Bucaramanga) | Abogado colaborador como tu apoderado, con tu firma en línea | $0 por adelantado |
| Demanda ante el juzgado administrativo y proceso | Abogado colaborador como tu apoderado | $0 por adelantado |
| Honorarios | — | 25 % de lo que recibas, solo si ganas |
Si no se gana, no nos debes honorarios. El juez decide; nosotros nos aseguramos de que la demanda llegue a tiempo, con pruebas y bien argumentada.
¿Qué pruebas guardar si el daño fue en una vía de Bucaramanga?
- 01Fotos y ubicación
Del hueco, la obra o el obstáculo, con referencia de dirección y, si puedes, con un objeto que muestre el tamaño.
- 02Atención médica
Historia clínica completa, incapacidades y fórmulas. Pídela por derecho de petición si no te la entregan.
- 03Gastos
Facturas de reparación del vehículo, transporte, medicamentos y certificados de ingresos dejados de recibir.
- 04Testigos y reportes
Nombres y teléfonos de quienes vieron el hecho, y el informe de tránsito si se levantó.
$0 hoy. 25 % de lo que recibas, solo si ganas. Un abogado colaborador actúa como tu apoderado.
Entidades que suelen intervenir en Bucaramanga
| Entidad | Nombre oficial | Canal |
|---|---|---|
| Malla vial y alumbrado | Secretaría de Infraestructura y Alumbrado Público – Alcaldía de Bucaramanga | Sitio oficial |
| Red pública municipal de salud | E.S.E. Instituto de Salud de Bucaramanga (ISABU) | — |
| Conciliación previa | Procuradurías judiciales para asuntos administrativos (Bucaramanga) | — |
| Segunda instancia | Tribunal Administrativo de Santander | Sitio oficial |
| Alcaldía (PQRSD) | Alcaldía de Bucaramanga – Portal de peticiones | Sitio oficial |
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para demandar a la Alcaldía de Bucaramanga?
Dos años, contados desde el día siguiente al hecho que causó el daño o desde que lo conociste si fue después. La conciliación suspende ese plazo hasta tres meses.
¿Puedo demandar por un hueco en la carrera 27 o en otra vía principal?
Depende de quién tenga a cargo esa vía. Puede ser el municipio u otra entidad pública. Lo identificamos antes de conciliar para no demandar a la entidad equivocada.
¿Se puede demandar al ISABU por negligencia médica?
Sí. Es una empresa social del Estado municipal, así que el daño se reclama con reparación directa ante la jurisdicción administrativa.
¿Y al Hospital Universitario de Santander?
También es entidad pública, del orden departamental. La ruta es la misma: conciliación ante la Procuraduría y demanda ante los juzgados administrativos.
¿Tengo que ir a la Procuraduría en persona?
No necesariamente. El abogado colaborador que actúa como tu apoderado presenta la solicitud y asiste contigo a la audiencia, que con frecuencia es virtual.
¿Qué pasa si la entidad ofrece pagar en la conciliación?
Revisamos la oferta contigo. Si te sirve, se firma el acuerdo y lo aprueba el juez. Si no, seguimos con la demanda.
¿Cuánto cobran si gano?
El 25 % de lo que efectivamente recibas. Si pierdes, no pagas honorarios.
Fuentes oficiales
- Constitución Política, art. 90
- CPACA, art. 164
- Ley 2220 de 2022
- Alcaldía de Bucaramanga – Gabinete (Secretaría de Infraestructura, Valorización)
- Acta de conciliación ante la Procuraduría 160 Judicial II Administrativa (Bucaramanga)
- Rama Judicial – Juzgado Once Administrativo Oral de Bucaramanga (estado)
- Rama Judicial – Tribunal Administrativo de Santander
- E.S.E. ISABU – documento publicado por la Alcaldía
- Gobernación de Santander
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