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Pasto

Demandar al Estado en Pasto: cuándo procede, dónde se presenta y cuánto tienes

Cuando una entidad pública te causa un daño en Pasto —una obra mal señalizada, una vía rota, una atención médica deficiente en un hospital público— puedes reclamar una indemnización con la reparación directa. El plazo es de dos años. No pagas nada al empezar.

Que lo hagan por mí

Actualizado el 18 de octubre de 2026

Dos años y cuenta desde el día siguiente

El CPACA fija dos años para la reparación directa, contados desde el día siguiente al hecho o desde que lo conociste si fue después. Si ya pasó más de un año, no esperes a «tener todo»: primero se protege el plazo.

«Cuando se pretenda la reparación directa, la demanda deberá presentarse dentro del término de dos (2) años»

¿Qué daños se pueden demandar en Pasto?

  • Caídas o choques por huecos, hundimientos o zanjas en vías a cargo del municipio o del departamento.
  • Obras públicas sin señalización ni cerramiento.
  • Árboles, postes o estructuras públicas que caen sobre personas o vehículos.
  • Errores de diagnóstico, cirugías fallidas o infecciones en hospitales públicos.
  • Privación injusta de la libertad o errores judiciales.
  • Abusos de la fuerza pública.

Lo determinante no es solo que exista un daño, sino que puedas atribuirlo a una entidad concreta. Una calle puede ser municipal; una carretera de salida puede no serlo. Una obra puede estar en manos de un contratista. El abogado identifica a quién se demanda y a quién se vincula.

Demanda al Estado desde Pasto

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Contar mi caso

¿Ante qué juzgado se demanda a la Alcaldía de Pasto?

Ante los Juzgados Administrativos de Pasto, que el directorio oficial de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado relaciona con su propio buzón de reparto. Si el fallo se apela, o si la cuantía lo exige, el caso sube al Tribunal Administrativo de Nariño.

Ese proceso no se puede adelantar sin apoderado: el artículo 160 del CPACA exige comparecer por conducto de abogado inscrito. Por eso, en este plan, un abogado colaborador actúa como tu apoderado, con poder y contrato propios, desde el primer paso.

Conciliación en la Procuraduría de Pasto: el paso previo obligatorio

La Ley 2220 de 2022 exige agotar la conciliación extrajudicial antes de demandar en reparación directa si el asunto es conciliable; sin ella, la demanda se rechaza de plano. La conciliación se hace ante agentes del Ministerio Público.

Procuraduría con sede en PastoCategoría
Procuraduría 35Judicial II Administrativa
Procuraduría 36Judicial II Administrativa
Procuraduría 156Judicial II Administrativa
Procuraduría 95Judicial I Administrativa
Procuraduría 96Judicial I Administrativa
Procuraduría 207Judicial I Administrativa

Dato tomado del directorio nacional de procuradurías judiciales administrativas que publicó la Procuraduría General de la Nación en junio de 2025. Tú no eliges la procuraduría: la solicitud se reparte. Mientras se tramita, el plazo de caducidad queda suspendido hasta por tres meses.

Mala atención en el Hospital Departamental de Nariño u otra E.S.E.

El Hospital Universitario Departamental de Nariño E.S.E. es la principal referencia pública del departamento, y Pasto Salud E.S.E. es la red de primer nivel del municipio, con urgencias y consulta externa. Si en alguna de ellas una falla en la atención causó un daño, la demanda se dirige contra la E.S.E. y, cuando corresponde, contra otras entidades que intervinieron en la cadena.

  1. 01
    Historia clínica

    Se pide por escrito al hospital. Sin ella no hay caso.

  2. 02
    Concepto médico

    Un profesional revisa si hubo desviación del estándar de atención.

  3. 03
    Cuantificación

    Gastos, incapacidad, ingresos perdidos y perjuicios morales, con soportes.

  4. 04
    Conciliación y demanda

    Primero la Procuraduría; luego, si no hay acuerdo, los Juzgados Administrativos de Pasto.

Ojo: si el problema es que la EPS no autorizó o no remitió a tiempo, primero hay que exigir el servicio. Lee reclamar o demandar a la EPS en Pasto.

Pruebas que conviene reunir ya

Fotos del lugar con referencia visible (una fachada, una placa, una esquina), informe de la autoridad de tránsito si lo hubo, epicrisis y fórmulas, facturas de reparación, nombres de testigos. Si una entidad tiene documentos que te sirven, se los pedimos con un derecho de petición en Pasto.

Instancias en Pasto para una demanda contra el Estado

EntidadNombre oficialCanal
Primera instanciaJuzgados Administrativos de PastoSitio oficial
Segunda instanciaTribunal Administrativo de NariñoSitio oficial
ConciliaciónProcuradurías judiciales administrativas de PastoSitio oficial
Hospital público departamentalHospital Universitario Departamental de Nariño E.S.E.Sitio oficial
Red pública municipal de primer nivelPasto Salud E.S.E.Sitio oficial
Entidad territorialAlcaldía de PastoSitio oficial

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Preguntas frecuentes

¿Se puede demandar a la Alcaldía de Pasto por un accidente en una vía?

Sí, si la vía está a cargo del municipio y su mal estado causó el accidente. Si es de otra entidad, se demanda a esa.

¿Qué juzgado recibe las demandas contra el Estado en Pasto?

Los Juzgados Administrativos de Pasto, por reparto. La segunda instancia es el Tribunal Administrativo de Nariño.

¿Cuántas procuradurías concilian asuntos administrativos en Pasto?

El directorio oficial de junio de 2025 relaciona seis: 35, 36 y 156 (Judicial II) y 95, 96 y 207 (Judicial I).

¿Puedo demandar al Hospital Departamental de Nariño?

Sí, si una falla en la atención causó el daño y puedes probarlo con la historia clínica y un concepto médico.

¿Cuánto me cobran si pierdo?

Nada en honorarios. Solo cobramos el 25 % de lo que recibas si ganas.

Mi caso pasó hace casi dos años. ¿Hay algo que hacer?

Radicar la conciliación de inmediato, porque suspende el plazo. Escríbenos hoy.

¿Las audiencias son en Pasto?

Muchas son virtuales. Si alguna es presencial, te avisamos con antelación.

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