Justicia Activa

Policía y Ejército

Demandar a la Policía o al Ejército por abuso y daños

Un golpe en un procedimiento. Un disparo en una protesta. Una muerte en un operativo. Un soldado herido. Una casa destruida en una requisa. Cuando un agente de la Policía o del Ejército se excede, el que paga no puede ser la víctima. La Nación responde con su patrimonio, y un abogado colaborador va a por esa indemnización sin que tú pagues nada por adelantado.

Que lo hagan por mí

Actualizado el 18 de octubre de 2026

¿Se puede demandar a la Policía por abuso de autoridad?

Sí. La Policía Nacional y el Ejército forman parte de la Nación (Ministerio de Defensa). Si uno de sus agentes te causa un daño antijurídico, el Estado responde (Constitución, art. 90) y la vía para cobrarlo es la demanda de reparación directa.

«El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables»

La demanda por daños es independiente de la denuncia penal contra el agente. Puedes, y muchas veces conviene, hacer las dos: la denuncia busca castigar; la reparación directa busca que te paguen.

La fuerza tiene límites: qué dice el Consejo de Estado

La fuerza pública puede usar la fuerza, pero solo cuando es necesaria y proporcionada. Las armas de fuego son el último recurso. Cuando se usan sin necesidad o en exceso, hay falla del servicio.

«las armas de fuego son el último recurso para repeler un ataque inminente y grave»

En ese mismo caso el Consejo de Estado negó la demanda porque la víctima había disparado primero. Por eso el estudio previo es clave: un abogado colaborador revisa qué hiciste tú, qué hizo el agente y qué se puede probar, antes de ir a por la entidad.

¿Te agredió un agente del Estado?

Cuéntanos qué pasó. Estudio gratis, $0 por adelantado y 25 % solo si ganas.

Estudiar mi caso gratis

Casos que demandamos contra la fuerza pública

  • Golpes, lesiones o abuso de fuerza en un procedimiento o una detención.
  • Heridas o muerte por disparos de agentes.
  • Lesiones en protestas o manifestaciones.
  • Muertes o lesiones en operativos militares o policiales.
  • Daños a tu vivienda, vehículo o bienes en allanamientos u operativos.
  • Accidentes con vehículos oficiales de la Policía o el Ejército.
  • Lesiones o muerte de soldados durante el servicio militar.

Qué pruebas reunir

  • Videos y fotos del momento: los de tu celular y los de testigos. Guárdalos en varios sitios.
  • Dictamen de Medicina Legal y la historia clínica de la atención.
  • Nombre, placa o unidad del agente si los tienes.
  • Testigos con nombre y teléfono.
  • Copia de la denuncia penal o de la queja disciplinaria, si ya la pusiste.
  • Facturas de gastos y pruebas de los días que no pudiste trabajar.
Los videos desaparecen

Las cámaras de seguridad de comercios y edificios se borran en pocos días. Si hay cámaras cerca del lugar, hay que pedir las grabaciones ya.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar a la Policía?

«la demanda deberá presentarse dentro del término de dos (2) años»

«el trámite de la conciliación extrajudicial constituirá requisito de procedibilidad de toda demanda»

Ley 2220 de 2022, art. 92 · Aplica a la reparación directa cuando el asunto es conciliable; sin ella, la demanda se rechaza de plano

Cuánto cuesta y cómo trabajamos

  1. 01
    Estudio gratis

    Revisamos hechos, pruebas y plazo.

  2. 02
    Pruebas

    Pedimos informes, minutas y grabaciones; ordenamos videos y testigos.

  3. 03
    Conciliación con el Ministerio de Defensa

    Ante la Procuraduría. Un abogado colaborador negocia.

  4. 04
    Demanda y proceso

    Si no pagan, demandamos y un abogado colaborador actúa como tu apoderado hasta el final.

Qué incluyeCuánto pagas
Estudio del caso y del plazo$0
Cálculo de lo que te deben (perjuicios)$0
Conciliación ante la Procuraduría$0 por adelantado
Demanda de reparación directa y proceso hasta el final$0 por adelantado
Honorarios del abogado colaborador25 % de lo que recibas, solo si ganas
Que la Nación pague por el abuso

No pagas nada si no ganas. Empieza hoy con el estudio gratis.

Estudiar mi caso gratis

← Demandar al Estado por daños: cobra lo que te deben

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar a la Policía por golpearme?

Sí. Si un agente usó fuerza innecesaria o desproporcionada y te causó lesiones, puedes demandar a la Nación por reparación directa para que te indemnice.

¿A quién se demanda: al policía o al Estado?

La demanda de reparación directa se dirige contra la entidad (la Nación – Ministerio de Defensa – Policía o Ejército). Si el agente actuó con dolo o culpa grave, el Estado puede luego repetir contra él (Constitución, art. 90).

¿Tengo que denunciar penalmente primero?

No es requisito para demandar por daños, pero la denuncia y sus pruebas ayudan. Son vías independientes.

¿Cuánto tiempo tengo?

Dos años desde el día siguiente al hecho (CPACA, art. 164.2.i).

¿Se puede demandar por un hijo herido o muerto en el servicio militar?

Sí, la familia puede reclamar. Un abogado colaborador revisa las circunstancias del caso en el estudio gratis.

¿Cuánto me cuesta?

$0 por adelantado. Cobramos el 25 % de lo que recibas, solo si ganas.

Fuentes oficiales

¿Tu caso es distinto? Cuéntanos tu caso para la revisión gratuita y te decimos sin costo qué paquete te sirve. Consulta los precios por paquete, todos nuestros servicios legales y quién está detrás de Justicia Activa. Cada cifra tiene su fuente oficial.