Justicia Activa

Alcaldía

Demandar a la alcaldía o al municipio por daños

Una moto que cae en un hueco sin señalizar. Una obra pública que agrietó tu casa. Un canal sin mantenimiento que inundó tu barrio. Un árbol que nadie podó. Cuando el municipio no cumple, la víctima paga las consecuencias. No tiene por qué ser así: un abogado colaborador demanda a la alcaldía para que pague, y tú no pones un peso por adelantado.

Que lo hagan por mí

Actualizado el 18 de octubre de 2026

¿Se puede demandar a la alcaldía por un accidente o un daño?

Sí. El municipio es una entidad pública y responde por los daños que cause por acción o por omisión (Constitución, art. 90). La vía es la demanda de reparación directa, que cubre expresamente los daños por obras públicas.

«un hecho, una omisión, una operación administrativa o la ocupación temporal o permanente de inmueble»

La omisión es la clave en la mayoría de casos contra alcaldías: el hueco que no se tapó, la vía sin señales, el alcantarillado sin mantenimiento. No hace falta que un funcionario hiciera algo; basta con que dejara de hacer lo que debía.

Casos típicos contra alcaldías y municipios

CasoQué hay que mostrar
Accidente por hueco en la víaEl hueco, su tamaño, que no estaba señalizado y que causó la caída o el choque
Caída de peatón en andén o alcantarilla destapadaEl estado del andén o la tapa, fotos del sitio, atención médica
Obra pública que dañó tu viviendaEstado de la casa antes y después, fechas de la obra, dictamen técnico
Inundación por falta de mantenimientoQuejas previas de la comunidad, estado de canales y alcantarillado, pérdidas
Árbol o estructura pública que cayóAvisos previos del riesgo, fotos, daños
Decisión ilegal de la alcaldía que te causó pérdidasEl acto o la actuación, y el perjuicio que te causó

¿Y si la obra la hacía un contratista? Muchas veces responden la alcaldía y el contratista a la vez. El artículo 140 del CPACA prevé que, cuando concurren particulares y entidades, el juez reparte la condena según lo que cada uno aportó al daño. Un abogado colaborador demanda a todos los responsables.

¿La alcaldía te causó un daño?

Estudio gratis de tu caso. $0 por adelantado; 25 % solo si ganas.

Estudiar mi caso gratis

Qué pruebas necesito: actúa el mismo día

  • Fotos y videos del hueco, la obra o el sitio, con fecha y referencia de lugar.
  • Informe de tránsito o croquis, si hubo accidente.
  • Historia clínica, incapacidades y dictamen de Medicina Legal si hubo lesiones.
  • Facturas de reparación de la moto, el carro o la casa.
  • Testigos y sus datos.
  • Peticiones o quejas que tú o tus vecinos presentaron antes a la alcaldía.
La alcaldía puede tapar el hueco mañana

En cuanto pasa el accidente, el municipio puede arreglar el sitio y la prueba desaparece. Toma fotos ese mismo día y guárdalas.

Si te faltan documentos de la alcaldía, como contratos de obra o reportes de mantenimiento, los pedimos por derecho de petición.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar al municipio?

«la demanda deberá presentarse dentro del término de dos (2) años»

«el trámite de la conciliación extrajudicial constituirá requisito de procedibilidad de toda demanda»

Ley 2220 de 2022, art. 92 · Aplica a la reparación directa cuando el asunto es conciliable; sin ella, la demanda se rechaza de plano

Cuánto cuesta y cómo trabajamos

  1. 01
    Estudio gratis

    Revisamos el caso, las pruebas y el plazo.

  2. 02
    Cálculo de lo que te deben

    Gastos médicos, reparaciones, días sin trabajar, daño moral.

  3. 03
    Conciliación con la alcaldía

    Ante la Procuraduría. Si el municipio paga lo justo, se cierra ahí.

  4. 04
    Demanda y proceso

    Si no paga, un abogado colaborador demanda como tu apoderado y sigue el proceso hasta el final.

Qué incluyeCuánto pagas
Estudio del caso y del plazo$0
Cálculo de lo que te deben (perjuicios)$0
Conciliación ante la Procuraduría$0 por adelantado
Demanda de reparación directa y proceso hasta el final$0 por adelantado
Honorarios del abogado colaborador25 % de lo que recibas, solo si ganas
Que el municipio pague

No pagas nada si no ganas. Empieza con el estudio gratis.

Estudiar mi caso gratis

← Demandar al Estado por daños: cobra lo que te deben

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar a la alcaldía por un hueco?

Sí, si el hueco causó tu accidente y el municipio era responsable del mantenimiento o la señalización de esa vía. Se demanda por reparación directa (CPACA, art. 140).

¿Y si la vía es nacional o departamental?

Entonces el responsable puede ser otra entidad. Un abogado colaborador identifica a quién corresponde la vía para demandar a la entidad correcta.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar a la alcaldía?

Dos años desde el día siguiente al daño (CPACA, art. 164.2.i). La solicitud de conciliación suspende el plazo hasta tres meses (Ley 2220, art. 96).

¿Primero tengo que poner una queja en la alcaldía?

No es obligatorio, pero una petición previa ayuda a probar que la entidad conocía el problema. Lo obligatorio antes de demandar es la conciliación ante la Procuraduría.

¿Cuánto me cuesta?

$0 por adelantado. Cobramos el 25 % de lo que recibas, solo si ganas.

¿Puedo reclamar por los daños a mi moto o mi casa?

Sí. Los daños materiales a tus bienes se reclaman junto con las lesiones y los demás perjuicios, siempre que los pruebes con facturas o peritajes.

Fuentes oficiales

¿Tu caso es distinto? Cuéntanos tu caso para la revisión gratuita y te decimos sin costo qué paquete te sirve. Consulta los precios por paquete, todos nuestros servicios legales y quién está detrás de Justicia Activa. Cada cifra tiene su fuente oficial.