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Cartagena

Derecho de petición en Cartagena: Alcaldía Distrital, DADIS y Personería

La Alcaldía Distrital de Cartagena y el DADIS deben responderte de fondo en 15 días hábiles. Un abogado colaborador prepara tu petición; la radicamos en el canal oficial y guardamos el radicado por $59.000. Con la Ruta EPS o entidad completa ($189.000), si el plazo vence sin respuesta, presentamos también la tutela.

Que lo hagan por mí

Actualizado el 18 de octubre de 2026

¿Por dónde radico un derecho de petición en la Alcaldía de Cartagena?

CanalDóndeHorario
Formulario en líneasigob.cartagena.gov.co/formulariopqrsdTodo el día
Correspondencia presencialSede principal, Carrera 2 # 36-868:00 a. m. a 4:00 p. m., jornada continua
Ventanilla del DADISCasa Fátima, Getsemaní, Carrera 10B n.º 25-108:00 a. m. a 4:00 p. m., sin pausa
Línea gratuita de la Alcaldía01-8000-415393Según el portal oficial

El formulario en línea te da radicado al instante y es la prueba más fácil de presentar ante un juez. Si vas en persona, pide copia sellada con fecha y hora.

Radicamos tu petición en Cartagena

Petición, control del plazo y tutela si no responden: Ruta EPS o entidad completa, $189.000. Solo la petición: $59.000.

Radicar mi petición

Derecho de petición al DADIS: ¿qué se le puede pedir?

  • Que requiera a tu EPS por una autorización, una entrega o una cita que no llega.
  • Información sobre tu afiliación o sobre el estado de una queja que ya pusiste.
  • Copia de conceptos sanitarios, actas de inspección o respuestas a quejas sobre un establecimiento.
  • Explicación de una licencia o trámite sanitario o funerario que te negaron o no resolvieron.

El DADIS no reemplaza a la EPS, pero tiene que responderte como cualquier autoridad. Su silencio también se puede tutelar.

¿Cuántos días tiene la Alcaldía de Cartagena para responder?

«Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción.»

Los días son hábiles. Si la entidad no puede responder a tiempo, debe avisarte antes de que venza el plazo, explicar por qué y dar una nueva fecha que no puede pasar del doble del plazo inicial. Sin ese aviso, el incumplimiento queda servido.

La Alcaldía no me respondió: ¿qué sigue?

  1. 01
    Verificar el vencimiento

    Contamos los días hábiles desde la recepción, sin festivos.

  2. 02
    Revisar la respuesta

    Si contestaron sin resolver lo pedido, no es respuesta de fondo.

  3. 03
    Tutela

    Por violación del derecho de petición, ante un juez de Cartagena.

  4. 04
    Queja disciplinaria

    La falta de atención a peticiones es falta del servidor público; se informa a la Personería Distrital.

¿Sirve la Personería Distrital de Cartagena?

Sí, como apoyo. Recibe PQRSD en personeriacartagena.gov.co/portalweb/pqrs y atiende en la Calle 30 No. 20C-14, Pie de la Popa, de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. Allí puedes informar que una dependencia del Distrito ignora tus peticiones.

El derecho de petición es gratuito y no exige abogado (Ley 1755, art. 13). Lo que te damos es un escrito que no deja salida: pedidos numerados, destinatario exacto, anexos y seguimiento del plazo hasta la tutela.

Petición a la Secretaría de Infraestructura Distrital: ¿para qué?

Para pedir que arreglen una vía o un andén, para saber si un tramo está a cargo del Distrito y para obtener copia de reportes o contratos de obra en un punto concreto. Si después hay un accidente en ese sitio, la petición previa y su respuesta, o su silencio, ayudan a demostrar que la entidad conocía el problema. Esa prueba pesa en una demanda de reparación directa.

Pide siempre que te respondan al correo que indiques y conserva el radicado junto con fotos del sitio con fecha.

Una petición, un destinatario

Si mezclas en un mismo escrito temas de varias secretarías, te lo trasladan por partes y se alargan los tiempos. Mejor una petición por dependencia.

¿Ya vencieron los 15 días?

Pasamos a la tutela de inmediato. $119.000.

Empezar ahora

Canales PQRSD oficiales en Cartagena

EntidadNombre oficialCanal
Alcaldía (PQRSD)Alcaldía Distrital de Cartagena de Indias – PQRSDSitio oficial
Canales de atenciónAlcaldía de Cartagena – Canales de atenciónSitio oficial
Salud distritalDADIS – Departamento Administrativo Distrital de SaludSitio oficial
PersoneríaPersonería Distrital de Cartagena de IndiasSitio oficial

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el link para radicar PQRSD en la Alcaldía de Cartagena?

El formulario en línea está en sigob.cartagena.gov.co/formulariopqrsd, enlazado desde la sección PQRSD de cartagena.gov.co.

¿Puedo radicar en persona en la Alcaldía?

Sí, en la sede principal, Carrera 2 # 36-86, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. en jornada continua.

¿El DADIS tiene ventanilla propia?

Sí, en Casa Fátima, Getsemaní, Carrera 10B n.º 25-10, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

¿Puedo pedir copia de un contrato del Distrito?

Sí. Es petición de documentos: 10 días hábiles. Si no responden a tiempo, la solicitud se entiende aceptada y deben entregar las copias en 3 días.

¿Qué pasa si me contestan que «se está revisando»?

Eso no resuelve de fondo. Si vence el plazo sin decisión, procede la tutela.

¿La Personería de Cartagena puede radicar la petición por mí?

Puede orientarte y recibir tus PQRSD. Nosotros redactamos, radicamos en el canal de la entidad y vigilamos el plazo hasta la tutela.

¿Cuánto cuesta que ustedes hagan la petición?

La petición sola cuesta $59.000. Dentro de la Ruta EPS o entidad completa cuesta $189.000, con tutela y desacato incluidos si hacen falta.

Fuentes oficiales

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