¿Por dónde radico un derecho de petición en la Alcaldía de Cartagena?
| Canal | Dónde | Horario |
|---|---|---|
| Formulario en línea | sigob.cartagena.gov.co/formulariopqrsd | Todo el día |
| Correspondencia presencial | Sede principal, Carrera 2 # 36-86 | 8:00 a. m. a 4:00 p. m., jornada continua |
| Ventanilla del DADIS | Casa Fátima, Getsemaní, Carrera 10B n.º 25-10 | 8:00 a. m. a 4:00 p. m., sin pausa |
| Línea gratuita de la Alcaldía | 01-8000-415393 | Según el portal oficial |
El formulario en línea te da radicado al instante y es la prueba más fácil de presentar ante un juez. Si vas en persona, pide copia sellada con fecha y hora.
Petición, control del plazo y tutela si no responden: Ruta EPS o entidad completa, $189.000. Solo la petición: $59.000.
Derecho de petición al DADIS: ¿qué se le puede pedir?
- Que requiera a tu EPS por una autorización, una entrega o una cita que no llega.
- Información sobre tu afiliación o sobre el estado de una queja que ya pusiste.
- Copia de conceptos sanitarios, actas de inspección o respuestas a quejas sobre un establecimiento.
- Explicación de una licencia o trámite sanitario o funerario que te negaron o no resolvieron.
El DADIS no reemplaza a la EPS, pero tiene que responderte como cualquier autoridad. Su silencio también se puede tutelar.
¿Cuántos días tiene la Alcaldía de Cartagena para responder?
«Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción.»
Los días son hábiles. Si la entidad no puede responder a tiempo, debe avisarte antes de que venza el plazo, explicar por qué y dar una nueva fecha que no puede pasar del doble del plazo inicial. Sin ese aviso, el incumplimiento queda servido.
La Alcaldía no me respondió: ¿qué sigue?
- 01Verificar el vencimiento
Contamos los días hábiles desde la recepción, sin festivos.
- 02Revisar la respuesta
Si contestaron sin resolver lo pedido, no es respuesta de fondo.
- 03Tutela
Por violación del derecho de petición, ante un juez de Cartagena.
- 04Queja disciplinaria
La falta de atención a peticiones es falta del servidor público; se informa a la Personería Distrital.
¿Sirve la Personería Distrital de Cartagena?
Sí, como apoyo. Recibe PQRSD en personeriacartagena.gov.co/portalweb/pqrs y atiende en la Calle 30 No. 20C-14, Pie de la Popa, de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. Allí puedes informar que una dependencia del Distrito ignora tus peticiones.
El derecho de petición es gratuito y no exige abogado (Ley 1755, art. 13). Lo que te damos es un escrito que no deja salida: pedidos numerados, destinatario exacto, anexos y seguimiento del plazo hasta la tutela.
Petición a la Secretaría de Infraestructura Distrital: ¿para qué?
Para pedir que arreglen una vía o un andén, para saber si un tramo está a cargo del Distrito y para obtener copia de reportes o contratos de obra en un punto concreto. Si después hay un accidente en ese sitio, la petición previa y su respuesta, o su silencio, ayudan a demostrar que la entidad conocía el problema. Esa prueba pesa en una demanda de reparación directa.
Pide siempre que te respondan al correo que indiques y conserva el radicado junto con fotos del sitio con fecha.
Si mezclas en un mismo escrito temas de varias secretarías, te lo trasladan por partes y se alargan los tiempos. Mejor una petición por dependencia.
Pasamos a la tutela de inmediato. $119.000.
Canales PQRSD oficiales en Cartagena
| Entidad | Nombre oficial | Canal |
|---|---|---|
| Alcaldía (PQRSD) | Alcaldía Distrital de Cartagena de Indias – PQRSD | Sitio oficial |
| Canales de atención | Alcaldía de Cartagena – Canales de atención | Sitio oficial |
| Salud distrital | DADIS – Departamento Administrativo Distrital de Salud | Sitio oficial |
| Personería | Personería Distrital de Cartagena de Indias | Sitio oficial |
← Derecho de petición: lo redactamos, lo radicamos y exigimos respuesta
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el link para radicar PQRSD en la Alcaldía de Cartagena?
El formulario en línea está en sigob.cartagena.gov.co/formulariopqrsd, enlazado desde la sección PQRSD de cartagena.gov.co.
¿Puedo radicar en persona en la Alcaldía?
Sí, en la sede principal, Carrera 2 # 36-86, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. en jornada continua.
¿El DADIS tiene ventanilla propia?
Sí, en Casa Fátima, Getsemaní, Carrera 10B n.º 25-10, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
¿Puedo pedir copia de un contrato del Distrito?
Sí. Es petición de documentos: 10 días hábiles. Si no responden a tiempo, la solicitud se entiende aceptada y deben entregar las copias en 3 días.
¿Qué pasa si me contestan que «se está revisando»?
Eso no resuelve de fondo. Si vence el plazo sin decisión, procede la tutela.
¿La Personería de Cartagena puede radicar la petición por mí?
Puede orientarte y recibir tus PQRSD. Nosotros redactamos, radicamos en el canal de la entidad y vigilamos el plazo hasta la tutela.
¿Cuánto cuesta que ustedes hagan la petición?
La petición sola cuesta $59.000. Dentro de la Ruta EPS o entidad completa cuesta $189.000, con tutela y desacato incluidos si hacen falta.
Fuentes oficiales
- Alcaldía de Cartagena – PQRSD
- Alcaldía de Cartagena – Canales de atención
- DADIS – Alcaldía de Cartagena
- Personería Distrital de Cartagena
- Ley 1755 de 2015
- Constitución Política (art. 23)
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